
La decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha enviado una señal clara a todo el sistema judicial español. Dos jueces que se encontraron en el centro de la atención por sus comentarios críticos hacia figuras públicas no recibieron sanciones disciplinarias. Esta resolución enfatiza que la libertad de expresión sigue siendo prioritaria para los miembros de la judicatura, incluso cuando sus opiniones generan controversia social.
En el caso del juez Eloy Velasco, el foco se centró en unas declaraciones realizadas durante un acto formativo. Se expresó de manera tajante sobre la exministra de Igualdad y el partido Podemos, aunque su intervención estaba dirigida únicamente a los asistentes del curso y no tenía intención de llegar a un público amplio. Según informa Ale Espanol, la difusión de estas palabras en el espacio público se produjo sin el consentimiento del juez. El fiscal señaló que se trataba de una clase y no del desempeño de funciones oficiales.
Dudas sobre la autoría
El segundo caso involucra al juez Manuel Ruiz de Lara. Su nombre quedó vinculado a una investigación debido a una publicación en una red social, donde se usó un apodo irónico dirigido a la esposa del presidente del Gobierno. Sin embargo, la comisión no encontró pruebas concluyentes de que él fuera el autor del mensaje. Además, el perfil no hacía referencia a su cargo y la publicación fue eliminada poco después. Finalmente, no se vulneraron las normas disciplinarias, ya que el juez no se identificó como miembro del sistema judicial.
La mayoría de los miembros de la comisión disciplinaria, propuestos por el Partido Popular, sostuvo que ninguno de los jueces cometió una falta que mereciera sanción. Subrayaron que la libertad de expresión es más importante que una posible ofensa, especialmente cuando se trata de figuras públicas. Por su parte, los representantes socialistas insistieron en la necesidad de imponer una multa, considerando el comportamiento de los jueces como una infracción grave.
Desacuerdos internos
Los expedientes disciplinarios se iniciaron por decisión de la Comisión Permanente, a pesar de que en un principio la fiscalía había sugerido no abrir una investigación. Finalmente, la comisión disciplinaria concluyó que en ninguno de los casos se demostró la existencia de una falta y que las declaraciones de los jueces están amparadas por la ley de libertad de expresión. Esta resolución podría sentar un precedente para futuros debates sobre los límites del comportamiento permitido de los jueces en el espacio público.
En España, las cuestiones relacionadas con la responsabilidad disciplinaria de los jueces generan debates de forma recurrente. Recientemente, por ejemplo, se discutió el caso en el que la fiscalía solicitó anular la imposición de casi 80 000 euros en costas judiciales, un hecho que provocó gran repercusión en Madrid. Más información al respecto en el artículo sobre el conflicto de las costas judiciales.
Contexto y repercusiones
Según informa Ale Espanol, la decisión del CGPJ podría influir en futuros procesos disciplinarios, especialmente en aquellos relacionados con las declaraciones públicas de los jueces. En los últimos años, en España se han producido varias situaciones en las que miembros del sistema judicial han sido criticados por sus comentarios en redes sociales o intervenciones públicas. Cada caso de este tipo genera debates sobre el equilibrio entre la postura personal y la ética profesional.
En 2025 se discutió un incidente similar, cuando un juez de Barcelona fue investigado por una publicación en internet, pero la causa también se archivó por falta de pruebas directas de infracción. Anteriormente, en Valencia, un juez resultó absuelto después de que sus declaraciones sobre políticos locales fueran consideradas como una expresión de opinión personal. Estos casos evidencian que los límites de lo permitido para los jueces en el espacio público siguen siendo objeto de debate y pueden variar según la demanda social y el contexto político.











