
El Tribunal Supremo de España ha puesto fin al sonado caso de difamación contra el exlíder de Podemos, Pablo Iglesias. El tribunal concluyó que el director de Okdiario, Eduardo Inda, y el editor de este medio vulneraron el derecho al honor del político al difundir información falsa sobre supuestos pagos millonarios recibidos por Iglesias del gobierno de Venezuela. Ahora deberán abonar 18.000 euros a Iglesias y publicar una rectificación con los principales puntos de la sentencia.
Las publicaciones polémicas aparecieron en mayo de 2016. Okdiario afirmaba que Iglesias había recibido 272.325 euros a través de un banco offshore en las islas Granadinas, supuestamente procedentes de las autoridades venezolanas bajo la apariencia de pagos por servicios de consultoría. En los artículos se incluían detalles que, según se demostró posteriormente, carecían de base real. El medio citaba ciertos documentos e incluso publicaba copias, pero la autenticidad de estos papeles no fue confirmada.
Procedimiento judicial
Pablo Iglesias acudió a los tribunales para defender su reputación. Las primeras instancias —el juzgado de primera instancia y la Audiencia Provincial de Madrid— no respaldaron sus demandas. Sin embargo, la abogada Marta Flor Núñez presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, donde el asunto dio un giro. Los magistrados analizaron el conflicto entre el derecho al honor y la libertad de información, alegada por Inda y Okdiario.
La sentencia del tribunal señala que las publicaciones abordaban un tema de interés público: se trataba de posibles transferencias de un Estado extranjero al líder de un partido político. Sin embargo, a juicio del tribunal, los periodistas no actuaron con la debida cautela y no verificaron la veracidad de la información. Además, el editor del medio modificó el texto original del periodista eliminando las palabras que indicaban el carácter hipotético de los hechos y convirtió el contenido en una afirmación categórica.
Detalles internos de las publicaciones
El tribunal destacó que, en un principio, el periodista Francisco Mercado preparó un artículo en el que se hablaba de una investigación sobre posibles transferencias, y no del hecho confirmado de la recepción de dinero. En el texto se empleaban expresiones como “presunto” y “posible”; sin embargo, por orden del director Inda, el artículo fue reescrito y el titular pasó a ser una declaración categórica sobre la transferencia de fondos. Todas las formulaciones prudentes fueron eliminadas y el periodista fue reprendido por mostrar demasiada cautela.
En publicaciones posteriores, Okdiario aseguró que supuestamente las autoridades españolas habían confirmado la autenticidad de los documentos sobre la transferencia. Sin embargo, durante el proceso judicial se comprobó que esta información no se correspondía con la realidad. El ex subdirector de la Policía, Eugenio Pino, testificó que la investigación se encontraba en una etapa muy preliminar y que los documentos ni siquiera habían sido enviados a peritaje, ya que eran simples fotocopias.
El papel de la lucha política
La historia de las publicaciones de Okdiario formó parte de una amplia campaña contra los opositores políticos del gobierno de Mariano Rajoy. Durante este periodo, de 2012 a 2017, representantes del Ministerio del Interior y la policía utilizaron activamente filtraciones informativas para desacreditar a los partidos contrarios al gobierno, entre ellos Podemos y los independentistas catalanes. Decenas de episodios de este tipo quedaron registrados en las grabaciones del excomisario José Manuel Villarejo.
Las publicaciones sobre las transferencias desde Venezuela se difundieron no solo en el sitio web de Okdiario, sino también en redes sociales y en programas de televisión con la participación de Eduardo Inda. Como resultado, la información falsa tuvo un gran impacto público y causó un serio daño a la reputación de Iglesias.
Conclusiones del tribunal
El Tribunal Supremo concluyó que Okdiario y su director vulneraron el derecho al honor de Pablo Iglesias, ya que la información publicada no fue respaldada por fuentes objetivas y fiables. Los jueces subrayaron que la libertad de información no puede justificar la difusión de datos no verificados, especialmente cuando está en juego la reputación de figuras públicas.
Como resultado, Okdiario está obligado no solo a pagar una indemnización, sino también a eliminar todos los materiales relacionados con este caso de internet y a tomar medidas para que no aparezcan en los motores de búsqueda. Esta resolución puede convertirse en un precedente importante en la lucha contra las noticias falsas y la protección de los derechos de la ciudadanía en España.












