
Las autoridades españolas han dado un paso importante en la regulación del uso médico del cannabis. Ahora, el preparado está oficialmente permitido para pacientes con determinados diagnósticos, pero solo bajo estrictas condiciones. Las nuevas normativas se aplican exclusivamente a la administración oral y cubren cuatro patologías concretas. Esta decisión es fruto de un largo proceso de debate, análisis de datos médicos y múltiples solicitudes por parte de pacientes y profesionales de la salud.
Según las nuevas normas, la dosis máxima diaria para adultos no debe superar los 32 miligramos. Los médicos deben ajustar la dosificación de forma individual, comenzando por la mínima posible y aumentándola progresivamente si es necesario. Los especialistas consideran que este método ayuda a reducir los riesgos de efectos secundarios y mejora la seguridad del tratamiento.
Quiénes pueden acceder al tratamiento
El uso de cannabis ahora solo está permitido para cuatro condiciones: espasticidad en la esclerosis múltiple, dolor crónico, formas graves de epilepsia y náuseas o vómitos intensos asociados a la quimioterapia. En todos los demás casos, la sustancia sigue siendo ilegal. Es relevante señalar que el cannabis solo se prescribe cuando otros medicamentos no resultan efectivos o provocan complicaciones graves.
El documento detalla no solo las indicaciones, sino también las contraindicaciones y posibles reacciones adversas. Se presta especial atención a los pacientes con disfunción renal o hepática, quienes requieren un control más frecuente y ajustes en la terapia. Si es necesario suspender el medicamento, esto debe hacerse de manera gradual para evitar consecuencias indeseadas.
Dosis pediátricas
Para los niños, las restricciones son aún más estrictas. La dosis diaria de cannabidiol (CBD) no debe superar los 25 miligramos, y la de tetrahidrocannabinol (THC) los 10 miligramos, y solo en el tratamiento de náuseas y vómitos inducidos por quimioterapia. En los demás casos, la dosis se calcula según el peso corporal y no debe superar los 0,6 miligramos por kilogramo. Esta medida responde a la mayor sensibilidad del organismo infantil a los cannabinoides.
Los médicos están obligados a vigilar cuidadosamente el estado de los pequeños pacientes, realizar exámenes periódicos y ajustar el tratamiento cuando sea necesario. Cualquier cambio debe ser acordado con los padres o representantes legales del menor. Si aparecen efectos secundarios, la terapia se revisa de inmediato.
Requisitos de almacenamiento
Las nuevas normativas también afectan el almacenamiento del cannabis medicinal. El producto debe conservarse en un frasco de vidrio oscuro herméticamente cerrado, a una temperatura no superior a 25 grados y protegido de la luz. Estas medidas son necesarias para mantener la estabilidad de la composición y evitar el deterioro del producto. El incumplimiento de las condiciones de almacenamiento puede reducir la eficacia o incluso provocar la aparición de impurezas peligrosas.
Las farmacias autorizadas para elaborar y dispensar cannabis están obligadas a cumplir estrictamente estos requisitos. La supervisión recae en comisiones especiales de los centros médicos. Cualquier infracción será considerada una falta administrativa grave.
Condiciones especiales de prescripción
El cannabis solo puede ser recetado por un médico especialista que haya recibido la formación adecuada. La automedicación está terminantemente prohibida. Antes de iniciar el tratamiento, el paciente se somete a un examen completo para descartar contraindicaciones y evaluar los posibles riesgos. El médico debe informar al paciente sobre todos los aspectos del tratamiento, los posibles efectos secundarios y la necesidad de un seguimiento regular.
El sistema de salud español enfatiza que el cannabis no es un remedio universal, sino una medida extrema cuando otros tratamientos no funcionan. Esta política busca evitar prescripciones injustificadas y reducir el riesgo de abusos. La introducción de normas claras es un paso hacia una práctica médica más transparente y segura.












