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El Tribunal Supremo de España confirma el derecho de los vecinos a bloquear el alquiler de corta duración

Segovia y el Tribunal Supremo: ahora los vecinos pueden frenar los pisos turísticos

En España se ha consolidado la posibilidad de limitar el alquiler de corta duración en los edificios residenciales. La decisión judicial se refiere a los acuerdos colectivos de los vecinos. El caso se estudió a raíz de un edificio en Segovia. La nueva versión de la ley aclara las competencias de las comunidades de propietarios.

Decisión judicial: nuevas normas para edificios residenciales

El Tribunal Supremo de España ha zanjado la controversia sobre si los vecinos de edificios residenciales pueden prohibir el alquiler de apartamentos a turistas. En septiembre de 2025, la Sala Civil confirmó la legalidad de la decisión de la junta de propietarios en Segovia, donde por mayoría se impuso una restricción a la presencia de turistas en el edificio. Dos propietarios intentaron impugnar esta prohibición, pero sus argumentos no fueron aceptados.

Interpretación de la ley: qué puede decidir la mayoría

El tribunal aclaró que la versión del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal vigente en enero de 2019 no impedía la imposición de una prohibición total del alquiler de corta duración, siempre que la decisión fuese respaldada por una mayoría cualificada. El conflicto surgió tras una asamblea extraordinaria en la que los vecinos votaron en contra de permitir el alojamiento turístico en el edificio. Los propietarios disconformes recurrieron a los tribunales, argumentando que tal prohibición vulneraba sus derechos y contradecía la ley. La primera instancia les dio la razón, pero la Audiencia revocó esa decisión y reconoció la legitimidad de la prohibición colectiva.

Argumentos de las partes y postura del Tribunal Supremo

Los propietarios que no estaban de acuerdo con la restricción presentaron un recurso de casación, argumentando que la ley solo permite limitar o establecer condiciones para el alquiler, pero no prohibirlo completamente. El Tribunal Supremo no compartió esta interpretación. En su fallo, señaló que el término «restricción» abarca tanto prohibiciones parciales como totales, siempre que sean aprobadas por mayoría cualificada. El tribunal recordó su jurisprudencia previa en casos similares, donde ya había expresado una postura análoga.

Cambios legislativos y consecuencias para los residentes

Un aspecto clave fue que la nueva redacción de la ley, que entró en vigor en enero de 2025, consagró expresamente el derecho de las asambleas de propietarios no solo a limitar, sino también a prohibir por completo la actividad de alquiler de corta duración. Ahora, la ley especifica claramente que los residentes pueden tomar decisiones para prohibir, restringir o establecer condiciones para el alquiler de pisos a turistas. Así, la decisión judicial consolidó un enfoque unificado, que ahora también cuenta con respaldo legal.

Impacto en el mercado de alquiler y derechos de los propietarios

Esta decisión del Tribunal Supremo y los cambios en la ley influyen de manera significativa en el mercado de alquileres de corta duración en España. Ahora, los residentes pueden decidir colectivamente si permiten o no este tipo de actividad en sus edificios. Para los propietarios que desean alquilar sus viviendas a turistas, esto implica tener en cuenta la opinión de la mayoría de los vecinos y cumplir con las normas establecidas. Como resultado, los derechos e intereses de todos los participantes del mercado reciben mayor protección y claridad.

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