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El Tribunal Supremo de España permite desahuciar a inquilinos por impago del IBI y la tasa de basura

Sensación judicial: inquilinos pueden perder sus viviendas por impuestos

El Tribunal Supremo de España ha sorprendido con una sentencia referente a los contratos de alquiler: ahora, el impago del IBI y de la tasa de basura puede provocar el desahucio de los inquilinos. ¿Por qué ha generado polémica esta decisión? ¿Quiénes están en riesgo a partir de ahora? Todos los detalles en nuestro reportaje.

En España ha surgido una nueva ola de controversia entre propietarios y arrendatarios: el Tribunal Supremo puso fin a una larga discusión sobre quién y cómo debe pagar los impuestos inmobiliarios y las tasas de recogida de basura. La sentencia emitida en noviembre de 2025 podría cambiar las reglas del juego para miles de inquilinos en todo el país. Ahora, incluso la ausencia de una cantidad exacta en el contrato no exime de la obligación de pagar si el acuerdo incluye una cláusula expresa sobre estos gastos.

El foco de la polémica fue un caso relacionado con un piso en Ibiza, donde la propietaria inició el proceso de desahucio por impago del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y de la tasa municipal de basura. El contrato de alquiler establecía que estos pagos correspondían a los inquilinos, aunque no se especificaban las cantidades concretas. Los arrendatarios decidieron impugnar esta fórmula, alegando que exigir el dinero sin cifras detalladas era ilegal. Sus argumentos llegaron hasta el Tribunal Supremo, que sorpresivamente respaldó la posición de la propietaria.

Dilema judicial

Inicialmente, el juzgado de primera instancia falló a favor de los inquilinos, considerando que la ausencia de importe en el contrato hacía injustificada la exigencia de pago. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Mallorca revisó el caso y concluyó: si el impuesto o tasa recae sobre una vivienda concreta, y existe un acuerdo expreso en el contrato, el arrendatario está obligado a pagarlo, aunque no se indique la cantidad. El Tribunal Supremo confirmó este criterio, estableciéndolo de manera definitiva para todo el país.

Los jueces subrayaron que, si un impuesto o tasa está individualizado, es decir, se aplica a una vivienda concreta, no es necesario especificar su importe en el contrato. Basta con que las partes acuerden expresamente esta obligación. Esto se aplica tanto al IBI como a la tasa de basura, siempre que se liquiden individualmente para cada piso.

Legislación y práctica

El Tribunal Supremo analizó en detalle el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley de Arrendamientos Urbanos, LAU). Según la ley, si los gastos no pueden individualizarse, su importe debe constar en el contrato. Pero si se trata de impuestos o tasas que el ayuntamiento gira sobre una vivienda concreta, este requisito no aplica. Los jueces aclararon que estos pagos no necesitan ser repartidos adicionalmente entre los inquilinos y, por tanto, pueden trasladarse al arrendatario mediante acuerdo entre las partes.

El tribunal prestó especial atención al comportamiento de los propios inquilinos. En el caso examinado, los residentes no solo firmaron el contrato con la cláusula correspondiente, sino que también pagaron puntualmente los impuestos y tasas durante el primer año. Solo posteriormente decidieron impugnar su obligación, cuando dejaron de pagar. El tribunal consideró esto como prueba de que los arrendatarios conocían sus obligaciones y las aceptaron voluntariamente.

Consecuencias para los inquilinos

La decisión del Tribunal Supremo ha encendido las alarmas entre quienes alquilan vivienda en España. Ahora, los propietarios disponen de una poderosa herramienta para reclamar impuestos y tasas a los inquilinos, incluso si el contrato no especifica cantidades exactas. Basta con que el contrato establezca expresamente la obligación de pagar el IBI o la tasa de residuos, y que dichos pagos estén individualizados para la vivienda en cuestión.

Esto afecta especialmente a los impuestos municipales, que en algunas ciudades se aplican a cada vivienda por separado y en otras se incluyen en los gastos generales del edificio. El tribunal ha aclarado: si la tasa es individual, el propietario puede reclamársela directamente al inquilino. Si se reparte entre todos los vecinos, entonces se aplican otras reglas y la cuantía debe figurar en el contrato.

Claridad jurídica

El Tribunal Supremo ha aportado la claridad largamente esperada a una cuestión que durante años ha generado disputas y resoluciones contradictorias en distintas regiones. Ahora, tanto inquilinos como propietarios pueden tener claro cuáles son sus derechos y obligaciones. Para los inquilinos, esto implica la necesidad de revisar detenidamente el contrato y comprobar qué pagos les corresponden. Para los propietarios, supone la posibilidad de exigir el pago de impuestos y tasas, siempre que estén individualizados y especificados en el contrato.

Si no lo sabía, el Tribunal Supremo es la máxima instancia judicial de España y sus decisiones son obligatorias para todos los tribunales. Sus veredictos establecen jurisprudencia y a menudo sirven de referencia para futuras disputas. Los temas de alquiler de vivienda y la distribución de obligaciones fiscales son objeto de análisis frecuente por el tribunal, ya que afectan los intereses de millones de ciudadanos y propietarios de inmuebles en toda España.

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