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Decisión sensacional del Tribunal Supremo de España sobre el destino de menores migrantes

Decisiones judiciales sorprendentes: un adulto libre por errores en la comprobación de edad de un migrante, generando polémica y nuevas dudas sobre el proceso

El Tribunal Supremo de España revocó la decisión de juzgar a un adolescente migrante como adulto. Esto modifica el enfoque sobre la determinación de la edad y refuerza la protección de los derechos de menores. Las nuevas normas afectan a miles de casos en todo el país.

España ha modificado su enfoque para determinar la edad de los menores migrantes, un cambio que impacta directamente en el destino de cientos de jóvenes en situaciones difíciles. El Tribunal Supremo del país anuló la decisión de un tribunal de Canarias que había ordenado juzgar como adulto a un joven senegalés pese a la existencia de documentos que acreditaban su minoría de edad. Este fallo marca un precedente importante para todo el sistema judicial y podría llevar a la revisión de casos similares.

Durante mucho tiempo, la práctica judicial respecto a migrantes cuya identidad y edad generan dudas ha sido objeto de controversia. Según informa El Pais, este caso implicaba a un joven que, de acuerdo con documentos oficiales y diagnósticos médicos, era menor de edad. Sin embargo, estuvo recluido durante cuatro meses en una cárcel para adultos mientras se resolvía su situación. Ahora, el Tribunal Supremo ha dejado claro que si existen fundamentos razonables para pensar que la persona es menor de 18 años, su caso debe tratarse bajo los criterios aplicables a menores.

Argumentos del tribunal

El Tribunal Supremo señaló dos aspectos clave. En primer lugar, los documentos oficiales, incluso en formato de copia, mantienen su validez jurídica salvo que se demuestre su falsedad. En segundo lugar, las pruebas médicas para determinar la edad solo deben utilizarse en casos excepcionales; y si los resultados indican un rango, ante la duda se toma la edad mínima. En este caso, los peritos del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas confirmaron que la edad del acusado coincidía con la que figura en los documentos.

Los jueces también recordaron las directivas europeas y las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, que exigen reconocer los documentos oficiales salvo prueba en contrario y restringen el uso de pruebas médicas. El Tribunal Supremo subrayó que el principio «pro minoritate», es decir, la presunción de minoría de edad en caso de duda, debe aplicarse siempre para evitar errores que puedan cambiar la vida de una persona.

Reacción y consecuencias

La abogada que representó al menor afirmó que este tipo de casos no son aislados. Criticó la práctica de que menores terminen en prisiones de adultos por los prolongados procedimientos para determinar la edad. Según ella, la nueva posición del Tribunal Supremo debe poner fin a los exámenes médicos automáticos sin la presencia de un abogado y reforzar la protección de los derechos de los grupos vulnerables.

El Tribunal Supremo también criticó al tribunal de Canarias por ignorar el certificado de nacimiento original y no aprovechar debidamente los datos médicos. Ahora el caso vuelve a la jurisdicción de menores y la decisión podría sentar precedente para otros procesos similares en toda España.

Contexto y casos similares

En los últimos años, en España se han suscitado repetidos debates sobre la determinación de la edad de los migrantes que llegan sin documentos o con papeles dudosos. En 2024, varios casos en Andalucía terminaron con la absolución de menores tras una nueva revisión de la documentación. En Cataluña, en 2025, un tribunal también reconoció como errónea la conclusión sobre la mayoría de edad de un joven marroquí, basándose en pruebas médicas de margen amplio. Estos casos reflejan que el sistema judicial está cambiando gradualmente su enfoque, priorizando la protección de los derechos de los menores y el cumplimiento de los estándares internacionales.

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