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Futuro del caso Ábalos El Supremo decide quién juzgará al exministro

Siete jueces o un jurado popular Quién decidirá el veredicto en el juicio más esperado

José Luis Ábalos y sus colaboradores comparecerán ante el Tribunal Supremo La defensa solicita un juicio con jurado y la decisión sobre la composición del tribunal podría cambiar el rumbo del proceso

José Luis Ábalos, exministro de Transportes, su antiguo asesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama se sentarán en el banquillo del Tribunal Supremo de España en los próximos meses. Se les acusa de haber recibido comisiones ilegales en la compra de mascarillas durante el pico de la pandemia de COVID-19. No obstante, la defensa de Ábalos insiste en que el caso debe ser juzgado por un jurado popular seleccionado al azar entre los ciudadanos, y no por un tribunal profesional.

Todavía no se ha determinado la composición definitiva del tribunal. Según datos preliminares, a los cinco magistrados que iniciaron el caso en noviembre de 2024 podrían sumarse dos más: el más veterano entre los que aún no han participado, el ex fiscal general Julián Sánchez Melgar, y el miembro más reciente de la sala, Javier Hernández. Sin embargo, la cuestión del jurado sigue abierta, y el tribunal se compromete a estudiar la solicitud de la defensa.

Argumentos de la defensa

El 11 de diciembre, el juez Leopoldo Puente abrió formalmente el proceso judicial contra Ábalos, su exasesor y el empresario Aldama. Se les imputa la creación de una organización criminal, la recepción y entrega reiterada de sobornos, el uso y apropiación de información privilegiada, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos, falsificación de documentos oficiales y prevaricación.

El abogado del exministro Carlos Bautista intenta cambiar el procedimiento del caso en el último momento. Sostiene que la decisión sobre la culpabilidad o inocencia debe recaer no en un tribunal profesional, sino en un jurado popular. Según él, las principales acusaciones —cohecho, tráfico de influencias y malversación— por ley deben ser examinadas precisamente por un jurado.

Matices jurídicos

Como fundamento de su postura, la defensa cita dos sentencias del Tribunal Supremo de 2010. De acuerdo con estos documentos, si el objetivo principal de otros delitos es la comisión de actos que son competencia del jurado, las acusaciones conexas también deben ser tratadas por el mismo tribunal. En este caso, según el abogado, la organización del grupo criminal se creó justamente para cometer malversación, cohecho y tráfico de influencias.

Bautista también señala que la acusación por uso de información privilegiada está tan relacionada con los delitos principales que dividirlas entre diferentes tribunales no tiene sentido. Destaca que la ley no limita el plazo para solicitar el traspaso del caso al jurado, ya que se puede realizar hasta el inicio de la vista oral o incluso durante las fases previas.

Postura del tribunal

Sin embargo, no todos los expertos coinciden con los argumentos de la defensa. Algunos juristas señalan que la ley sobre el jurado popular excluye expresamente los casos bajo jurisdicción de la Audiencia Nacional. Precisamente allí se inició la investigación del caso Koldo, y el procedimiento contra Ábalos se ha separado únicamente debido a su condición de diputado.

Además, el juez Puente incluyó en el escrito de acusación el delito de falsedad documental, que por ley no puede ser juzgado por un jurado popular. También se señala que la defensa no solicitó la intervención del jurado popular durante el trámite de recurso contra la imputación.

Expectativas y perspectivas

En su petición, el abogado de Ábalos insiste en que la naturaleza de los delitos señalados por la fiscalía y las acusaciones particulares debe ser determinante para la composición del tribunal. Según él, no se imputa falsedad documental y, por tanto, no hay impedimento para que el caso sea juzgado por un jurado popular. Además, señala que no existen plazos legales para solicitar este trámite.

Se prevé que las vistas contra Ábalos, García y Aldama comiencen en los primeros meses de 2026, probablemente a finales de febrero o en marzo. Hasta entonces, el tribunal debe definir la composición del tribunal, salvo que prospere la solicitud de la defensa, algo que los expertos consideran poco probable.

Composición del tribunal

El Tribunal Supremo suele conformar la sala con siete jueces. Cinco de ellos ya participaron en la revisión del caso durante la fase de admisión: el presidente de la sala penal, Andrés Martínez Arrieta, su antecesor Manuel Marchena, así como los jueces Andrés Palomo, Ana Ferrer y Eduardo de Porres. A ellos, según las normas establecidas, probablemente se sumen el exfiscal general Julián Sánchez Melgar y Javier Hernández, el miembro más experimentado y el más reciente de la sala, quienes no habían intervenido previamente en este asunto.

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