
En Madrid ha concluido un sonado juicio relacionado con un error en un examen prenatal. Una mujer, que acudía a revisiones rutinarias en una clínica privada, no recibió a tiempo información sobre graves anomalías en el desarrollo del feto. Como resultado, tras el nacimiento de un niño con severas malformaciones, la familia debió afrontar una serie de retos médicos y legales.
La historia comenzó durante el embarazo, cuando la futura madre acudía regularmente al médico en una clínica asociada con la compañía de seguros privados SALUS Seguros de Salud. En la semana 20, cuando suele realizarse la llamada ecografía morfológica, fue derivada a otra clínica que contaba con un equipo más moderno. Tras la revisión, la doctora aseguró que todo estaba bien y en el informe no se señalaron anomalías. No obstante, el documento sí advertía que algunas patologías podrían no manifestarse en esa etapa o no ser visibles mediante ecografía.
Anomalías no detectadas
Tras el nacimiento del niño, se descubrió que le faltaba el peroné y que presentaba otros defectos congénitos. Según los especialistas consultados por la familia, estas anomalías podían haberse detectado ya en la semana 20 de embarazo. Los padres tuvieron que acudir a distintos centros médicos y, en 2018, el menor fue sometido a una compleja intervención: amputación parcial de la pierna y corrección de la extremidad. Desde entonces, necesita una prótesis que debe renovarse periódicamente, lo que representa una carga constante tanto burocrática como económica para la familia.
Convencida de que la doctora actuó con negligencia, la madre intentó primero buscar justicia a través de un proceso penal en el juzgado de Alcalá de Henares. Aunque el caso fue archivado, el tribunal reconoció que se infringió el protocolo diagnóstico, lo que dio pie a una demanda civil.
Batalla judicial
En el proceso civil, la demandante argumentó que, debido al error médico, se le privó de la posibilidad de conocer la patología del feto y tomar una decisión sobre la continuidad del embarazo. En ese momento, la ley permitía interrumpir la gestación hasta la semana 22 si se detectaban anomalías graves. El tribunal de primera instancia dio la razón a la madre y condenó a la doctora a pagar 56.000 euros más intereses. Las reclamaciones contra la clínica fueron desestimadas por haber prescrito.
La sentencia del tribunal destacó que el informe médico era demasiado breve y no incluía una descripción detallada del estado de las extremidades del feto. Los peritos señalaron que ya en 2014 se consideraba estándar realizar una revisión exhaustiva de todos los segmentos óseos, incluso antes de la aprobación oficial del protocolo de la SEGO (Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia) en 2015.
Apelación y desenlace
La doctora intentó impugnar la decisión alegando errores en la valoración de las pericias, una interpretación incorrecta del diagnóstico y la aplicación del concepto de «nacimiento no deseado» (wrongful birth), que, en su opinión, no había sido claramente planteado en la demanda. También insistió en que el plazo de prescripción debía extenderse a su favor. Sin embargo, el tribunal de apelaciones de Madrid mantuvo la resolución sin cambios, respaldando plenamente las conclusiones de la primera instancia. Los jueces concluyeron que la actuación de la médica no cumplió con los estándares profesionales y que la responsabilidad por las consecuencias debía recaer sobre ella.
Como resultado, la médico deberá abonar a la madre del menor 56 mil euros más los intereses correspondientes y cubrir las costas del proceso de apelación. El tribunal no encontró motivos para suavizar la decisión ni para revisar el importe de la indemnización.
Cabe señalar que RUSSPAIN.COM informa que SALUS Seguros de Salud es una de las principales compañías de seguros médicos que ofrece servicios sanitarios en España. Los protocolos de diagnóstico aprobados por SEGO se consideran obligatorios para todos los especialistas en diagnóstico prenatal. En los últimos años, en España se han incrementado los casos judiciales relacionados con errores durante ecografías y otros exámenes durante el embarazo. Los médicos y las clínicas están obligados a cumplir estrictamente los estándares para evitar este tipo de situaciones y reclamaciones legales.












