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El fin de la semana no exime de pagos: el cálculo final debe incluir los fines de semana

Los tribunales confirman: al despedir un viernes, el empleador debe pagar sábado y domingo

Los tribunales españoles han aclarado: si un empleado ha trabajado toda la semana y es despedido un viernes, el pago final debe contemplar los días del fin de semana. Ya no se permite excluir el sábado y domingo del abono. Esta norma se aplica a todos los casos en los que la relación laboral finaliza al término de la semana laboral.

En España, los empleadores ya no pueden excluir el pago de los fines de semana del finiquito cuando despiden a un empleado un viernes. Así lo ha resuelto la Audiencia Nacional, confirmando que si el trabajador ha trabajado toda la semana, su derecho al descanso semanal remunerado se mantiene incluso en caso de rescisión del contrato al final de la semana laboral. Esto significa que el finiquito debe incluir no solo los días efectivamente trabajados, sino también el sábado y el domingo, si estos fueron generados por el trabajo realizado durante la semana.

La cuestión principal radica en que, según el Estatuto de los Trabajadores, cada empleado tiene derecho a un mínimo de día y medio de descanso semanal ininterrumpido. Este descanso se genera a lo largo de la semana laboral, al igual que el salario diario. Por ello, si el contrato finaliza en viernes, el empleador está obligado a incluir en el cálculo los días de descanso si estos han sido generados con el trabajo de lunes a viernes.

Postura jurídica

El caso se inició después de que una empresa no incluyera en el finiquito la parte del salario correspondiente al descanso semanal ganado en la última semana de trabajo. En la práctica, esto ocurría así: el trabajador laboraba de lunes a viernes, era despedido un viernes y la empresa solo pagaba por esos cinco días, ignorando el fin de semana. Sin embargo, el tribunal señaló que el derecho al descanso ya se había adquirido y no puede ser simplemente eliminado del cálculo.

El empleador intentó justificar su posición argumentando que el salario se calcula mensualmente y ya incluye todos los días del mes, independientemente del número de fines de semana y festivos. Sin embargo, la Audiencia Nacional rechazó este argumento, aludiendo al artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, donde se establece claramente: el salario incluye no solo la remuneración por el trabajo efectivo, sino también por los periodos de descanso, que se consideran parte del tiempo de trabajo. En conjunto con las disposiciones del artículo 37, el tribunal concluyó que el descanso semanal retribuido se genera a medida que se trabaja a lo largo de la semana.

Aspectos clave a revisar al ser despedido

Para los empleados que son despedidos un viernes, ahora es especialmente importante revisar detenidamente el finiquito. No solo hay que comprobar si se han contabilizado todos los días trabajados, sino también asegurarse de que se ha incluido la parte proporcional de la remuneración por el descanso semanal. Esto significa que por cada día laborable de la semana, el trabajador acumula no solo la parte diaria del salario, sino también una fracción de la paga correspondiente a los días de descanso.

Al analizar el finiquito, conviene prestar atención a los siguientes aspectos:

  • Si se ha abonado el salario por todos los días realmente trabajados durante la semana;
  • Si se ha incluido la parte proporcional de la paga por el descanso semanal;
  • Si no se han excluido del cálculo el sábado y el domingo, siempre que hayan sido devengados;
  • Si no hay otras deducciones o ausencias en cantidades ya devengadas.

Así, si el empleado trabajó toda la semana, el finiquito debe reflejar no solo los días laborables, sino también los fines de semana que fueron devengados por el trabajo realizado durante la semana.

Decisión judicial y pasos posteriores

La Audiencia Nacional ha obligado a la empresa a dejar de excluir el pago de los fines de semana en las liquidaciones finales y a recalcular los importes del último año, añadiendo un 10% anual como compensación. Sin embargo, la decisión aún no es definitiva: el empleador puede recurrirla ante el Tribunal Supremo, por lo que el caso todavía no está cerrado.

Las cuestiones de pagos laborales y protección de los derechos de los empleados en España frecuentemente terminan en los tribunales. Por ejemplo, recientemente en Tarifa se cerró un conocido restaurante tras la negativa a renovar el contrato de alquiler, lo que también afectó al equipo y las condiciones de su despido; puedes conocer más detalles en el reportaje sobre el cierre del proyecto gastronómico Atxa.

Como destaca Talent24h, las nuevas aclaraciones judiciales subrayan que, al finalizar la relación laboral a finales de semana, el empleador no puede ignorar el derecho del trabajador al descanso retribuido. Esta sentencia podría influir en los procedimientos de liquidación en muchas empresas del país.

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