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El tribunal confirma la multa al Atlético de Madrid por infracciones fiscales

El Atlético de Madrid perdió litigio con Hacienda por deducciones indebidas

La Audiencia Nacional ha confirmado la multa impuesta al Atlético de Madrid. El club intentó recurrir las sanciones relacionadas con deducciones por multas de la UEFA y regalos a empleados. La decisión afecta a los impuestos correspondientes a los años 2008–2011.

El Atlético de Madrid se enfrenta a una sentencia judicial definitiva en el caso de infracciones fiscales: la Audiencia Nacional de España ha confirmado la multa impuesta por Hacienda al club por intentar reducir la base imponible mediante gastos no permitidos. En el centro de la disputa están las deducciones por sanciones de la UEFA, regalos a empleados y provisiones por deudas dudosas, que el Atlético de Madrid incluyó en las cuentas de los años 2008–2009 y 2010–2011.

El proceso judicial se prolongó durante varios años. En 2016, la Agencia Tributaria (AEAT) dictó una resolución sancionadora, que en 2020 fue ratificada por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). El club, ahora propiedad del fondo estadounidense Apollo, trató de impugnar estas resoluciones alegando irregularidades procesales y defendiendo que sus actuaciones no fueron intencionadas. Sin embargo, los magistrados consideraron que el Atlético de Madrid, como gran entidad, está obligado a conocer los procedimientos fiscales, y que la improcedencia de este tipo de deducciones está expresamente recogida en la ley.

Detalles del caso

En la documentación del caso se señala que el club intentó reducir el beneficio imponible deduciendo las multas de la UEFA y los gastos en regalos para entrenadores, jugadores, empleados y proveedores. El tribunal sostuvo que estos desembolsos no pueden considerarse deducibles, ya que las sanciones de la UEFA son administrativas y los regalos no se probaron como vinculados a clientes o proveedores. Como resultado, parte de las deducciones fue considerada injustificada y el Atlético de Madrid no pudo aportar pruebas suficientes en sentido contrario.

Consecuencias financieras

Inicialmente, el club reservó 3,8 millones de euros para posibles pagos relacionados con el caso, sin embargo, tras la estimación parcial de las reclamaciones, la cantidad se redujo a 228 mil euros a fecha de junio de 2025. Una consecuencia más significativa fue que, debido a esta disputa, no se reconocieron bases imponibles negativas por un total de 11 millones de euros en dos periodos en litigio. Estas bases habrían permitido al club ahorrar impuestos en el futuro en caso de obtener beneficios.

Decisión judicial y próximos pasos

Los magistrados de la Audiencia Nacional rechazaron todos los argumentos de Atlético de Madrid, subrayando que el club no fue privado de su derecho de defensa y que su culpabilidad quedó probada. Además, el club fue condenado a pagar las costas judiciales. Atlético de Madrid tenía la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de un mes tras la sentencia, pero sus representantes declinaron hacer comentarios tras el proceso.

En España, las cuestiones relativas a deducciones fiscales y sanciones para grandes organizaciones suelen ser objeto de litigios. Disputas similares surgen en otros ámbitos: por ejemplo, en Cataluña, los archivos se han visto desbordados por solicitudes de documentos para la tramitación de la ciudadanía, lo que ha provocado retrasos y sospechas de fraude; sobre esto se puede leer más en el reportaje sobre la sobrecarga de los archivos eclesiásticos de Cataluña.

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