
En la Comunidad Valenciana se ha dictado una sentencia poco común: a una pensionista que durante años cuidó de su nieta a través de la acogida familiar, le corresponde ahora un complemento de pensión por brecha de género. Es el primer caso de este tipo en la región en el que el tribunal ha respaldado a la abuela, a pesar de que previamente le habían denegado la solicitud en varias ocasiones.
Previamente, la pensionista ya recibía complementos por la crianza de sus propios hijos, pero decidió reclamar un pago adicional por su nieta, a quien acogió bajo su tutela de forma permanente. La mujer defendió que su dedicación en la crianza de la nieta no se diferencia de los cuidados hacia sus propios hijos y que la ley debería reconocer estas situaciones al mismo nivel que la relación biológica o por adopción.
En 2022 le fue denegado el complemento, y dos años después, el juzgado de primera instancia de Elche confirmó ese rechazo. Sin embargo, ahora la instancia judicial superior de la región ha revisado el caso y ha reconocido que no se puede ignorar la labor de la abuela, quien asumió la responsabilidad de la menor cuando no pudo formalizar la adopción debido a limitaciones del Código Civil.
Los jueces subrayaron que la finalidad del complemento es compensar el impacto del cuidado de los hijos en la carrera profesional de las mujeres. Por ello, si la abuela cumplió de hecho funciones parentales, tiene derecho al mismo apoyo que otras familias. En el caso se destaca que la mujer cuidó de su nieta desde 1995 hasta su jubilación en 2021.
La decisión judicial también hace referencia a las disposiciones de la ley de protección de menores, que exige equiparar los derechos de las familias que acogen a niños con los de otras formas familiares. Ahora, la pensionista puede optar a un pago adicional, y la propia resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.




